Criterios de evaluación de Lengua Castellana en 3.º ESO
Los 23 criterios de evaluación de Lengua Castellana de 3.º ESO tal como los publica Illes Balears, en su orden y con su numeración, también los que coinciden con el estatal. Lengua cooficial: catalán.
Normativa aplicable
Texto base del Estado: Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, anexo II (BOE 76, 30-3-2022).
Texto de Illes Balears: Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2 (BOIB 103, 4-8-2025).
23 criterios del currículo de Illes Balears
Competencia específica 1
- 1.1
Reconocer y valorar las lenguas de España y las variedades dialectales del español, con atención especial a la del propio territorio, a partir de la explicación de su origen y su desarrollo histórico y sociolingüístico, contrastando aspectos lingüísticos y discursivos de las diferentes lenguas, así como características de los dialectos del español, diferenciándolos de los rasgos sociolectals y de registro, en manifestaciones orales, escritas y multimodales.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 235
- 1.2
Identificar y cuestionar prejuicios y estereotipos lingüísticos adoptando una actitud de respeto y valoración de la riqueza cultural, lingüística y dialectal, a partir del análisis de la diversidad lingüística en el entorno social próximo y de la exploración y reflexión en torno a los fenómenos del contacto entre lenguas y de la indagación de los derechos lingüísticos individuales y colectivos.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 236
Competencia específica 2
- 2.1
Comprender el sentido global, la estructura, la información más relevante en función de las necesidades comunicativas y la intención del emisor en textos orales y multimodales de una cierta complejidad a diferentes ámbitos, analizando la interacción entre los diferentes códigos.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 236
- 2.2
Valorar la forma y el contenido de textos orales y multimodales de una cierta complejidad, evaluando la calidad, la fiabilidad y la idoneidad del canal utilizado, así como la eficacia de los procedimientos comunicativos empleados.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 236
Competencia específica 3
- 3.1
Realizar exposiciones y argumentaciones orales de una cierta extensión y complejidad con diferente grado de planificación sobre temas de interés personal, social, educativo y profesional ajustándose a las convenciones propias de los varios géneros discursivos, con fluidez, coherencia, cohesión, corrección y el registro adecuado en diferentes soportes, utilizando de manera eficaz recursos verbales y no verbales.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 236
- 3.2
Participar de manera activa y adecuada en interacciones orales informales, en el trabajo en equipo y en situaciones orales formales de carácter dialogado, con actitudes de escucha activa y estrategias de cooperación conversacional y cortesía lingüística.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 237
Competencia específica 4
- 4.1
Comprender e interpretar el sentido global, la estructura, la información más relevante y la intención del emisor de textos escritos y multimodales de una cierta complejidad que respondan a diferentes propósitos de lectura, realizando las inferencias necesarias.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 237
- 4.2
Valorar críticamente el contenido y la forma de textos de cierta complejidad evaluando la calidad y fiabilidad, así como la eficacia de los procedimientos lingüísticos empleados.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 237
Competencia específica 5
- 5.1
Planificar la redacción de textos escritos y multimodales de una cierta extensión atendida la situación comunicativa, el destinatario, el propósito y el canal; redactar borradores y revisarlos con la ayuda del diálogo entre iguales e instrumentos de consulta, y presentar un texto final coherente, cohesionado y con el registro adecuado.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 237
- 5.2
Incorporar procedimientos para enriquecer los textos atendiendo aspectos discursivos, lingüísticos y de estilo, con precisión léxica y corrección ortográfica y gramatical.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 237
Competencia específica 6
- 6.1
Localizar, seleccionar y contrastar, de manera progresivamente autónoma, información procedente de diferentes fuentes, calibrando la fiabilidad y pertinencia en función de los objetivos de lectura; organizarla e integrarla en esquemas propios, y reelaborarla y comunicarla de manera creativa adoptando un punto de vista crítico respetando los principios de propiedad intelectual.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 238
- 6.2
Elaborar trabajos de investigación, de manera progresivamente autónoma, en diferentes soportes, sobre varios temas de interés académico, personal o social a partir de la información seleccionada.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 238
- 6.3
Adoptar hábitos de uso crítico, seguro, sostenible y saludable de las tecnologías digitales en relación en la búsqueda y la comunicación de la información.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 238
Competencia específica 7
- 7.1
Leer de manera autónoma textos seleccionados en función de los propios gustos, intereses y necesidades, y dejar constancia del progreso del propio itinerario lector y cultural explicando los criterios de selección de las lecturas, las formas de acceso a la cultura literaria y la experiencia de lectura.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 238
- 7.2
Compartir la experiencia de lectura en soportes diversos relacionando el sentido de la obra con la propia experiencia biográfica, lectora y cultural.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 238
Competencia específica 8
- 8.1
Explicar y argumentar la interpretación de las obras leídas a partir del análisis de las relaciones internas de sus elementos constitutivos con el sentido de la obra y de las relaciones externas del texto con su contexto social e histórico, atendida la configuración y evolución de los géneros y subgéneros literarios.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 238
- 8.2
Establecer de manera progresivamente autónoma vínculos argumentados entre los textos leídos y otros textos escritos, orales o multimodales, así como otras manifestaciones artísticas y culturales en función de temas, tópicos, estructuras, lenguaje y valores éticos y estéticos, mostrando la implicación y la respuesta personal del lector en la lectura.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 239
- 8.3
Crear textos personales o colectivos con intención literaria y conciencia de estilo, en diferentes soportes y con ayuda otros lenguajes artísticos y audiovisuales, a partir de la lectura de obras o fragmentos significativos en los cuales se empleen las convenciones formales de los distintos géneros y estilos literarios.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 239
Competencia específica 9
- 9.1
Revisar los textos propios de manera progresivamente autónoma y hacer propuestas de mejora argumentando los cambios a partir de la reflexión metalingüística e interlingüística con el metalenguaje específico.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 239
- 9.2
Explicar y argumentar la interrelación entre el propósito comunicativo y las elecciones lingüísticas del emisor, así como sus efectos en el receptor, utilizando el conocimiento explícito de la lengua y el metalenguaje específico.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 239
- 9.3
Formular generalizaciones sobre algunos aspectos del funcionamiento de la lengua a partir de la observación, la comparación y transformación de enunciados, así como de la formulación de hipótesis y la investigación de contraejemplos, utilizando el metalenguaje específico y consultando de manera progresivamente autónoma diccionarios, manuales y gramáticas.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 239
Competencia específica 10
- 10.1
Identificar y desterrar los usos discriminatorios de la lengua, los abusos de poder a través de la palabra y los usos manipuladores del lenguaje a partir de la reflexión y el análisis de los elementos lingüísticos, textuales y discursivos utilizados, así como de los elementos no verbales de la comunicación.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 239
- 10.2
Utilizar estrategias para la resolución dialogada de los conflictos y la búsqueda de consenso, tanto en el ámbito personal como educativo y social.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 240
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