Criterios de evaluación de Digitalización en 4.º ESO
Los 14 criterios de evaluación de Digitalización de 4.º ESO tal como los publica Illes Balears, en su orden y con su numeración, también los que coinciden con el estatal. Lengua cooficial: catalán.
Normativa aplicable
Texto base del Estado: Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, anexo II (BOE 76, 30-3-2022).
Texto de Illes Balears: Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2 (BOIB 103, 4-8-2025).
14 criterios del currículo de Illes Balears
Competencia específica 1
- 1.1
Conectar dispositivos y gestionar redes locales aplicando los conocimientos y procesos asociados a sistemas de comunicación con hilo e inalámbrico con una actitud proactiva.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 85
- 1.2
Instalar y mantener sistemas operativos configurando sus características en función de sus necesidades personales.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 85
- 1.3
Identificar y resolver problemas técnicos sencillos analizando componentes y funciones de los dispositivos digitales, evaluando las soluciones de manera crítica y reformulando el procedimiento, en caso necesario.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 85
Competencia específica 2
- 2.1
Gestionar el aprendizaje en el ámbito digital, configurando el entorno personal de aprendizaje mediante la integración de recursos digitales de manera autónoma.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 85
- 2.2
Buscar, seleccionar y archivar información en función de las propias necesidades mediante las herramientas del entorno personal de aprendizaje con sentido crítico y siguiendo normas básicas de seguridad en la red.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 86
- 2.3
Crear, programar, integrar y reelaborar contenidos digitales de manera individual o colectiva, seleccionando las herramientas más apropiadas para generar nuevo conocimiento y contenidos digitales de manera creativa, respetando los derechos de autor y las licencias de uso.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 86
- 2.4
Interactuar en espacios virtuales de comunicación y plataformas de aprendizaje colaborativo, compartiendo y publicando información y datos, adaptándose a diferentes audiencias con una actitud participativa y respetuosa.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 86
Competencia específica 3
- 3.1
Proteger los datos personales y la huella digital generada en Internet y configurar las condiciones de privacidad de las redes sociales y espacios virtuales de trabajo.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 86
- 3.2
Configurar y actualizar, contraseñas, sistemas operativos y antivirus de manera periódica en los diferentes dispositivos digitales de uso habitual.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 86
- 3.3
Identificar y saber reaccionar ante situaciones que representan una amenaza en la red, para elegir la mejor solución entre varias opciones, desarrollar prácticas saludables y seguras y valorar el bienestar físico y mental, tanto personal como colectivo.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 86
Competencia específica 4
- 4.1
Hacer un uso ético de los datos y las herramientas digitales, aplicando las normas de etiqueta digital y respetando la privacidad y las licencias de uso y propiedad intelectual en la comunicación, colaboración y participación activa en la red.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 87
- 4.2
Reconocer las aportaciones de las tecnologías digitales en las gestiones administrativas y el comercio electrónico, desde la conciencia de la brecha social de acceso, uso y aprovechamiento de estas tecnologías para diversos colectivos.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 87
- 4.3
Valorar la importancia de la oportunidad, facilidad y libertad de expresión que suponen los medios digitales conectados, analizando de manera crítica los mensajes que se reciben y transmiten teniendo en cuenta su objetividad, ideología, intencionalidad, sesgos y caducidad.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 87
- 4.4
Analizar la necesidad y los beneficios globales de un uso y desarrollo ecológica y socialmente responsable de las tecnologías digitales, teniendo en cuenta criterios de accesibilidad, sostenibilidad e impacto.
Decreto 42/2025, de 1 de agosto (deroga el Decreto 32/2022), anexo 2, pág. 87
Practica Digitalización de 4.º ESO
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Ver el curso de DigitalizaciónTextos reproducidos de la normativa oficial. EureQuiz no sustituye la programación del centro ni la normativa vigente de Illes Balears.